
COVID-19: Por ley puedes demandar a quien te contagie
Si el padecimiento que fue contagiado no tiene una cura existente, el transmisor podría ser juzgado por una pena de hasta 5 años en prisión

COVID-19: Por ley puedes demandar a quien te contagie | EFE
México.- El artículo 199 Bis del Código Penal Federal, denominado Del Peligro de Contagio, estable que los mexicanos pueden denunciar penalmente a quien los contagie de una enfermedad, como el COVID-19.
Si el padecimiento que fue contagiado no tiene una cura existente, el transmisor podría ser juzgado por una pena de hasta 5 años en prisión, si no avisó sobre su padecimiento al afectado. Esta ley está vigente desde 1991.

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“El que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo u otra enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, será sancionado de tres días a tres años de prisión y hasta cuarenta días de multa”, se lee en el articulo.
Si la enfermedad padecida fuera incurable se impondrá la pena de seis meses a cinco años de prisión”, detaca.
Sin embargo en el año 2018 la Suprema Corte discutió el tema, a partir de una impugnación al Código Penal del estado de Veracruz, donde se especificó que no se podrá juzgar a personas que no sean conscientes de ser portadoras de la enfermedad contagiada.
Por ello la Suprema Corte determinó que es constitucional castigar a quien transmita de manera deliberada una enfermedad grave.
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