Da TEPJF 72 horas a Cámara para dar lugar a MC y PRD
1/1 Da TEPJF 72 horas a diputados para dar lugar a MC y PRDFoto temática: Cuartoscuro
Desde enero se emitió la sentencia que establecía que la integración de la Comisión Permanente debía estar integrada conforme al principio de máxima representación efectiva
CDMX.- Ante el incumplimiento de rehacer la asignación de espacios a grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados en la Comisión Permanente, el Tribunal Electoral dio un plazo de 72 horas a la Junta de Coordinación Política en San Lázaro para cumplir la sentencia.
En esa nueva distribución deben dar espacio a diputados de Movimiento Ciudadano y PRD.
"Se declara fundado el incidente de incumplimiento de las sentencias relacionadas con la integración proporcional de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión y ordena su modificación en un plazo no mayor a 72 horas", indica la resolución.
En sesión privada, los magistrados de la Sala Superior recordaron que desde enero se emitió la sentencia que establecía que la integración de la Comisión Permanente debía estar integrada conforme al principio de máxima representación efectiva, con base en los criterios de proporcionalidad y pluralidad.
"El TEPJF es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral y sus resoluciones son definitivas, firmes e inatacables, por lo que deben ser cumplidas en los términos establecidos.
"El TEPJF cuenta con atribuciones constitucionales y legales para conocer de actos parlamentarios cuando se afecte el derecho a ser votado en su vertiente de ejercicio del cargo", indica la resolución.
Advierte que la tutela judicial efectiva implica la plena ejecución de las sentencias y la eliminación de todos los obstáculos.
Te recomendamos leer:
- Ricardo Monreal pide a Morena "abandonar la hipocresía" de cara a las elecciones de 2024
- Datos biométricos del INE ayudarán a encontrar desaparecidos en Coahuila y Nuevo León
- La única razón del “abrazos, no balazos”, es que AMLO le tiene pánico a los delincuentes: Jefe Diego
"El incumplimiento de una sentencia es una falta que se debe sancionar, por ser una vulneración directa a la Constitución (SUP-JE-281/2022)", agrega.